LA NUEVA LEY DE MEDIOS OBLIGA POR LEY A EMITIR LA CADENA NACIONAL

Se detecta en la zona que algunas radios emisoras no emiten la cadena Nacioanl de radio y Tv sugun establece la ley de medios.
Según la ley de servicios de comunicación audiovisual, "el poder ejecutivo nacional o los poderes ejecutivos provinciales podrán, en situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, según el caso, que será obligatoria para todos los licencitarios". Esa disposición está en el artículo 75, el único que se refiere a la cadena nacional en la nueva ley que regula los medios audiovisuales.
por ello el uso de la cadena nacional, que obliga a los medios privados a retransmitir el canal oficial.
Se detectan varias radioemisoras que usando el espectro radioelectrico no cumplen con esta obligacion por ley.Algunas emisoras con licencia otorgada y otras reconocidas y otras con ppp un pequeño numero retransmite las cadenas nacionales en nuestra ciudad y region segun se supo por prensa cba.

RESUMEN

En la Argentina, el uso de la cadena nacional está regulado por el artículo 75 de la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en 2009:

El Poder Ejecutivo nacional y los poderes ejecutivos provinciales podrán, en situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, según el caso, que será obligatoria para todos los licenciatarios.

Ley 26.522, art. 75[1]

Asimismo, el artículo 76 de la citada ley dispone que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) podrá disponer la emisión de mensajes de interés público. El artículo 74 obliga a los licenciatarios de medios de comunicación a ceder espacios de programación a los partidos políticos durante la campaña electoral según disponga la ley correspondiente.

Previamente, el uso de la cadena nacional estaba contemplado en el decreto-ley 22.285 de 1980, Ley Nacional de Radiodifusión. Esta disponía, en su artículo 72, que los titulares de servicios de difusión estaban obligados a transmitir sin cargo cadenas nacionales, regionales o locales que dispusiera el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER), antecesor de la actual AFSCA.

 EL AIRE LOCAL Y REGIONAL 
La Cadena Nacional es obligatoria para las estacionaes de radio y tv de todo el territorio argentino.
Por lo que las estaciones de radio locales,regionales,provinciales,nacionales deben cumplir esta medida.
Desde sus inicios en el aire las estaciones locales se emiten la Cadena Nacional ; como por ejemplo los unicos medios locales (Los Condores)  fueron: Fm Joven 101.7, Fm Lider 97.9 y Fm Identidad 103.1 ademas de Canal 4 Television Abierta de Los Condores Cordoba emitieron  Cadena Nacional obligatoria, una vez mas como la del sabado 10 diciembre de 2011  alas 11:30 y la segunda Cadena Nacional  18:15 horas-por la reasuncion de la presindeta Cristina Fernandez de Kichner y jura de Ministros ,cumpliendo asi desde el inicio de sus tranmisiones hasta la fecha con el articulo 75 de la ley 26.522 /AFSCA

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